RESUMEN:
El TOP de Temuco condenó al acusado como autor de maltrato de obra a Carabinero con resultado de muerte en grado de frustrado (art. 416 del Código de Justicia Militar), además de delitos de tránsito y conducción bajo los efectos de estupefacientes. El tribunal estimó que obró con dolo eventual al evadir un control policial a alta velocidad (aprox. 190 km/h) en una plaza de peaje, pasando a centímetros de un funcionario que debió apartarse para no ser atropellado.
En contra de dicho fallo, la defensa interpuso recurso de nulidad por la causa principal prevista en el art. 373 letra b) CPP, es decir, por infracción de ley. La defensa argumenta que la sentencia confunde la alta peligrosidad de la conducción con la aceptación real de un homicidio, sin acreditar una intención homicida directa ni descartar adecuadamente la culpa con representación (confianza en que el funcionario se apartaría). Pide anular parcialmente la sentencia y dictar reemplazo que absuelva al encartado del delito del art. 416 del Código de Justicia Militar.
Y en subsidio por la causal prevista en el art. 374 letra e) en relación con los artículos 342 letra c), 297 y 340 del mismo cuerpo legal, esto es, la omisión de valoración lógica y completa de la prueba en relación con el dolo eventual y la frustración, solicitando la realización de un nuevo juicio oral.
Conceptos claves:
Dolo eventual: el sujeto se representa el resultado típico como posible y asume el riesgo y actúa a todo evento. “pase lo que pase, sigo adelante”
Culpa con representación: el sujeto se representa el resultado como posible, pero no hay aceptación y confía en que podrá evitarlo. “se que es peligroso, pero confío en que no pasara.”
Prueba indiciaria/circunstancial o indirecta: es aquella que no recae directamente sobre el hecho principal que se investiga (el delito mismo), sino sobre un hecho secundario o antecedente —el indicio— del cual, a través de un proceso lógico de deducción o inferencia, se logra demostrar la existencia del hecho principal o la participación del acusado.
CORTE SUPREMA:
La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad, anulando parcialmente la sentencia de origen en cuanto condenó por el delito del art. 416 del Código de Justicia Militar en grado de frustrado, dictando sentencia de reemplazo para absolver de dicho cargo al encartado.
- La Corte reitera su doctrina histórica y mayoritaria en orden a que las fases imperfectas de ejecución del delito (tentativa y frustración) exigen necesariamente dolo directo. Al requerir actos directamente encaminados a la consumación, la figura del dolo eventual resulta dogmáticamente incompatible con la voluntad finalista de consumar el ilícito.
- Si bien el tribunal de instancia acreditó correctamente los elementos cognitivos del riesgo a través de la prueba indiciaria (velocidad, visibilidad, proximidad al funcionario), tipificó equívocamente la conducta bajo el alero del dolo eventual. Al no concurrir una intención directa de matar (dolo directo), la conducta no encuadra en los presupuestos de la figura imperfecta del art. 416 del Código de Justicia Militar.
Voto en Contra (Disidencia)
Los ministros Sres. Valderrama y Silva fueron del parecer de rechazar la causal principal de nulidad. Sostuvieron que:
- El dolo eventual se integra tanto por un elemento cognitivo como volitivo, siendo perfectamente admisible en los grados de desarrollo imperfecto del delito según una importante línea doctrinal (Zaffaroni, Novoa, Politoff, entre otros) y comparada.
- Tratándose de la conducción sumamente peligrosa desplegada por el acusado en el peaje, la representación del riesgo mortal aparejada a la continuación de la marcha equivale a la aceptación y conformidad con el resultado, por lo que el dolo eventual sí resultaba compatible con la frustración del delito investigado.
Rol tribunal origen RUC 2500699281-4, RIT 798-2025 JG Lautaro